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El Defensor del Pueblo y su
forma de elección
Escribe: José Pedro
Bonvecchi
Actualmente, nuestro
presidente de la Nación es elegido por medio del voto
directo de los ciudadanos, habiéndose dejado de lado su
elección por medio de un cuerpo colegiado o, más
precisamente, por el Colegio Electoral.
Algo análogo sucedió
con nuestros senadores; del voto indirecto se pasó al
voto directo, habiéndosele dado a esta forma de elección
jerarquía constitucional.
Es indudable que estos
cambios obedecieron a la necesidad de perfeccionar la
elección de nuestros representantes. Y se consideró que
era más difícil burlar la voluntad de la ciudadanía,
por medio de “enjuagues” propios de los cuerpos
colegiados a los cuales somos tan proclives los
argentinos.
¿Fue esto una panacea?
Claro que no. ¿Constituyó un avance? Por cierto que sí.
A partir de estas
premisas, este jubilado intentará compartir algunas
reflexiones y consideraciones con ustedes.
Una breve reseña: en el
año 1994, integrando una Comisión Interbarrial,
presentamos un Proyecto de Ordenanza creando la
Defensoría del Pueblo. Fue “cajoneado”; a casi nadie,
por no decir nadie, le interesó un “pomito”.
Ya en el año 2004, esta
vez como integrantes del Grupo de Jubilados
Independientes, sentimos la necesidad de actualizarlo y
volvimos a presentar un nuevo Proyecto. “Ídem”;
corrió la misma suerte.
Pasaron muchos años, se
perdió mucho tiempo. Me contaba un compañero de lucha
que ya no está y que era muy afecto a la lectura, que un
escritor de nacionalidad francesa, hablando de los “pecados
de omisión”, decía que “lo malo no era haber
cometido un crimen, si no haber dejado de hacer todo el
bien que se podía haber hecho”.
Los pecados de omisión,
también existen; son como las “brujas”, uno puede no
creer en ellos, pero que los hay, los hay.
Puntualmente nos estamos
refiriendo al Proyecto recientemente presentado por el FUV
(Frente Unión Vecinal). Nos parece positivo. Siempre es
mejor encender una lucecita que maldecir de la oscuridad.
Con diferencias de matices compartimos la necesidad de su
creación, condiciones para ser candidato o aspirante al
cargo, funcionamiento y atribuciones, etc. En cambio
diferimos sustancialmente en la forma de elección;
sostenemos, como decíamos al comienzo, que debe ser
elegido por el voto directo de todos los vecinos y no por
el HCD.
Con el propósito de
expresar nuestra opinión al respecto y poder contribuir a
mejorar el proyecto de referencia, nos acercamos a
dialogar con la Comisión de Legislación, haciendo
particular hincapié en -como decimos- la forma de
elección. Se nos informó que habían conversado con los
Defensores del Pueblo que ya existen en otras ciudades. Se
nos dijo también que en muy pocos lugares han sido
elegidos con este método, tanto en nuestro país como en
el mundo y que quizás también sobraran los dedos de una
mano para contarlos.
Nos pareció entender que
si esto no se adoptaba con más frecuencia, debía
interpretarse como que “no funcionaba”. Mire, quiere
que le diga, tengo para mí, como decía el periodista
Pepe Eliaschev, que si este método de elección como es
el voto popular directo no se utiliza más, es justamente
porque funciona demasiado.
Algunos diputados o
concejales, por caso, que deban votar la normativa, minga
que les va a dar mucho espacio o poder o independencia a
quien eventualmente pueda llegar a investigarlo y sentarlo
en el banquillo de los acusados.
Igualmente se nos dijo
que había que escuchar a los que sabían... No nos quedó
para nada claro si nosotros estábamos incluidos en esa
lista, a pesar de la pila de años que sumábamos.
Saludamos, agradecimos,
fuimos oídos, ¿habremos sido escuchados?
Nos quedan cosas en el
tintero, pero debemos ir concluyendo. No decimos nada
nuevo si decimos que muchos argentinos descreen de muchos
políticos y de muchos representantes aunque hayan sido
elegidos por el voto popular.
El Proyecto que nos ocupa
dispone que, para ser elegido Defensor del Pueblo, deberá
contar con el voto de las dos terceras partes de los
integrantes del Honorable Concejo Deliberante. Nuestra
propuesta, básicamente, consiste en que las ONG u
organizaciones intermedias presenten sus candidatos
respectivos avalados por una cantidad de firmas y con
ellos se confeccionaría una lista única que sería
sometida al voto popular. El elector, en el cuarto oscuro,
provisto de antemano con una fibra, tacharía a los
candidatos, dejando únicamente al de su preferencia.
Saquen ustedes sus
propias conclusiones.
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