Sábado 19 de Junio de 2004 - Año 89 - Edición 6988 - Edición digital 0258

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El lunes se votó la ordenanza

Crean la Agencia de Desarrollo Local

El nuevo organismo será dirigido por quien designe el Departamento Ejecutivo. En su Consejo Directivo habrá dos concejales, representantes de ARPAE, ACIP, CESPLL y de los sindicatos. Se propone "que el crecimiento económico genere un impacto social que implique la adecuada distribución de los beneficios del desarrollo".

El Concejo Deliberante sancionó una ordenanza por la cual se establece la creación de la Agencia de Desarrollo Local (ADL). Este organismo estará comandado por un director Ejecutivo, designado por el intendente, e integrado por siete miembros permanentes (que integrarán el Consejo Directivo) y cuatro rotativos (designados por el Consejo Asesor).

Entre los primeros se contarán dos concejales y un representante de cada una de las siguientes entidades: Asociación Regional de Productores Agropecuarios del Este (ARPAE); Asociación de Comerciantes Industriales y Productores (ACIP); Cooperativa Eléctrica (CESPLL); y un delegado de los sindicatos de Luján. En tanto, los miembros rotativos (con mandato por un año) serán "personas físicas y/o jurídicas relacionadas con el desarrollo local" y serán elegidas por mayoría de votos en el Consejo Asesor.

De acuerdo al texto de la norma sancionada el lunes por la noche, el propósito de la ADL es "posicionar y diferenciar al Partido de Luján, basándose en las ventajas competitivas existentes y en la optimización de los recursos públicos y privados, para lograr resultados positivos en los aspectos económicos, sociales y educativos, que mejoren la calidad de vida de todos sus habitantes".

"HERRAMIENTA CENTRAL"

La creación de la ADL responde a una ordenanza aprobada en septiembre de 2003, en la que se encomendaba al Departamento Ejecutivo "la coordinación de todos los trabajos necesarios para la puesta en marcha de una Junta Promotora del nuevo ente". Según el texto votado entonces, la ADL sería "la herramienta central" para "la promoción, el fomento y el desarrollo industrial del partido de Luján y, además, un aporte relevante a la construcción de un sistema estratégico regional de innovación tecnológica". "Concertada entre agentes públicos y privados, se constituye como un nuevo instrumento de gestión, de promoción económica y de desarrollo productivo y empresarial territorial", indicaba el artículo 4°, y agregaba que esto sería "fundamental para lograr la inclusión social".

Entre los considerandos de la ordenanza aprobada esta semana, se indica que "en las acciones que orientan al desarrollo, la participación de la sociedad en las decisiones públicas excede las clásicas razones del orden institucional de la democracia, para transformarse en una condición necesaria de legitimización" y que "la conformación del Consejo Directivo ha tenido en cuenta abarcar la representación de toda la ciudadanía".

En este sentido, señala que la creación de esta "nueva forma de representación institucional de la comunidad para las políticas de desarrollo aporta la posibilidad de contar con un ámbito para la evaluación y discusión, como también para garantizar la transparencia en la toma de decisiones".

LAS FUNCIONES

Entre los objetivos y funciones fijados para la ADL se cuentan:

- Promover la gestión asociada y participativa para que el crecimiento económico genere un impacto social que implique la adecuada distribución de los beneficios del desarrollo y la disminución de los indicadores de pobreza y desempleo.

- Planificar y ejecutar acciones tendientes a promover el desarrollo equitativo y armonioso de la estructura económica local.

- Orientar las oportunidades de inversión privada, fortaleciendo la economía local y aprovechando las ventajas comparativas en materia de posición geográfica, infraestructura de comunicaciones, recursos humanos, institucionales y políticos.

- Preservar y potenciar los recursos ambientales e impulsar la introducción de nuevas actividades y emprendimientos comerciales, industriales, residenciales, de esparcimiento y turísticos.

AMBICIOSOS OBJETIVOS

Entre las funciones del multisectorial Consejo Directivo se encuentran:

- Ejercer la representación de Luján ante entidades públicas y privadas del ámbito internacional, nacional y provincial, cuando sean conducentes a los objetivos de la Agencia.

- Promover y difundir las ventajas del Partido como centro de radicaciones de nuevas inversiones.

- Gestionar y coordinar los planes provinciales y nacionales que ayuden al cumplimiento de los objetivos de la Agencia.

- Proponer lineamientos de ordenamiento urbano territorial y normas urbanísticas ambientales.

- Funcionar como ámbito de discusión de los principales problemas del Partido, en materia de desarrollo, crecimiento y planificación.

- Apoyar el fortalecimiento de la competitividad de las medianas, pequeñas y micro empresas locales.

- Promover programas de formación, capacitación y desarrollo tecnológico con universidades, institutos educativos y centros de investigación, para empresarios y su personal, con el objetivo de que las empresas locales puedan adaptarse y responder con mayor eficiencia a las nuevas demandas.

- Estimular la asociatividad de las empresas, en función de potenciar su productividad.

- Generar condiciones para producir el intercambio entre las empresas locales con otras del resto del país y el exterior, privilegiando al Mercosur, en dirección a objetivos de exportación, promoción y generación de mercados.

- Promover acciones que faciliten la mayor inserción de la población en el mercado laboral.

LOS ASESORES

El Consejo Asesor estará integrado por "todas las instituciones intermedias y empresas del partido de Luján que se inscriban en la Agencia para integrarlo". Deberá reunirse en sesiones ordinarias convocadas por el Consejo Directivo, con una periodicidad no menor a los 60 días. Con la firma de la mitad más uno de sus integrantes, el Consejo Asesor podrá solicitar la convocatoria a sesiones extraordinarias. Además, el Consejo Asesor deberá elegir por el término de un año a 4 representantes para integrar el Consejo Directivo.

Las principales funciones de este órgano serán "asesorar y dictaminar sobre los temas puestos a consideración en las reuniones ordinarias y extraordinarias, dejando constancia en un acta de las propuestas o recomendaciones que se aprueben por mayoría y las expresiones en minoría". Por otra parte, podrá "proponer al Consejo Directivo el tratamiento de los temas que considere pertinentes al cumplimiento de los objetivos y funciones de la Agencia".

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