Dentro de 72 horas se
conocerá el fallo de la Justicia en el caso Ana María
Domínguez. Será cuando el Tribunal Oral Nº 2, presidido por
la jueza Graciela Larroque e integrado por los jueces Fernando
Bustos Berrondo y Marcos Barski, determinen si los imputados
José Nicolás Chain y Carlos Martín Sayaavedra son
encontrados culpables o inocentes por la muerte de la mujer de
35 años que fue asesinada el 10 de abril de 2000 en su casa
del barrio Zapiola.
Para el fiscal Juan
Manuel Mastrorilli, Sayaavedra, alias "Perita", es
el "mandante" en esta historia y Chain el
"mandatario". Por lo tanto, -tal como informó este
medio en su última edición- considera que son
"coautores" del hecho y por ello solicitó el
máximo de pena que establece el Código Penal: reclusión
perpetua por tiempo indeterminado para los dos. En cambio, los
abogados defensores pidieron que sus clientes sean absueltos.
Para analizar la pena
que aplica a los dos imputados de cometer uno de los
asesinados que mayor conmoción causó en nuestra comunidad en
los últimos años, el jurado tiene en sus manos más de 60
testimonios y varios cientos de fojas. Conozca los puntos
sobresalientes que las partes dieron en los alegatos.
EL FISCAL TIENE LA
PALABRA
Los argumentos más
importantes que expuso el fiscal en su extenso alegato (duró
más de dos horas y media) fueron los siguientes:
- Quedó comprobada la
relación entre Sayaavedra -presunto autor material- y Chain
-presunto ideólogo-. Esto fue confirmado a lo largo del
juicio por distintas personas que fueron a declarar. Muchas de
ellas ni siquiera se conocían entre sí.
- Las declaraciones de
varios jóvenes asegurando haber visto, la tarde en que
ocurrió el crimen, a Sayaavedra estacionar una moto en la
calle Monte Carballo y dirigirse por Libertad hacia Quilmes,
donde estaba la casa de la víctima. También el horario en
que fue visto "Perita" caminando hacia la casa de
Ana María Domínguez.
- El pequeño aparato
generador de electricidad (el arma homicida) fue visto por una
mujer que trabajaba junto con Sayaavedra. Esta testigo relató
que "Perita" tenía en sus manos esta clase de arma
horas antes del crimen. A todo esto se suma la explicación
dada por el propio Sayaavedra a esta empleada de la Colonia de
Open Door: "Es para la gente que se porta mal",
recordó la testigo frente al Tribunal.
- Esa especie de
picana eléctrica también fue vista por amigos y colegas de
Chain, pero en manos del médico.
- Consideró probado
el pago de 1.300 pesos efectuado por Chain en su propia casa a
Sayaavedra, después del hecho. La extracción de dinero está
documentada y la hizo el médico policial y ex marido de Ana
María en el cajero de la red Link de la sucursal Luján del
Banco de la Provincia de Buenos Aires.
- Los dichos del
propio Sayaavedra, en la primera declaración que hizo ante la
Justicia, señalaba a Chain como el autor intelectual del
hecho y la persona que le había prometido una suma de dinero
a cambio de la realización del crimen. Esa plata debía pasar
a retirarla horas después de haber consumado el homicidio.
- "Perita"
declaró la fecha y hora en que Chain le pagó. Un mes
después y por información suministrada por el Banco de la
Provincia, fue confirmada la extracción de dinero efectuada
por Chain: había sacado la plata a las 20.20 del lunes 10 de
abril de 2000, el mismo día del crimen, y mientras estaba en
el cajero "Perita" aguardaba en la casa del médico
ubicada en Dr. Muñiz 1096.
- El 12 de abril, a
las 22.14, quedó registrada una llamada telefónica desde la
casa de Sayaavedra a la casa de Chain. Horas después
"Perita" era detenido por la policía.
- Chain tenía cuatro
cuentas bancarias. De la que extrajo dinero había tenido un
sólo movimiento entre 1999 y el día del crimen. En febrero
de 2000 sacó 11.000 pesos, coincidentemente cuando sabía que
tenía perdida la causa por alimentos.
- Chain "había
tomado la decisión de matar a Ana María y encomendó la
tarea a una persona de su confianza", señaló el fiscal.
- Las conclusiones de
los peritos forenses confirman que la muerte fue por efecto de
una descarga eléctrica seguida por maniobras de asfixia por
sofocación.
- El hurto cometido
por "Perita" y Alejandro Scalise -amigo personal de
Chain y jefe de Sayaavedra en la Colonia- en el departamento
de Italia 1049 fue considerado un agravante en contra de los
imputados.
- Calificó como una
"excusa" el argumento que dijo en su momento
"Perita" para justificar su entrada al domicilio de
la víctima, ya que nunca existió una "carpeta con
documentación" tal como dijo "Perita" cuando
fue interrogado. Encima, Chain afirmó en su momento que no
existía tal carpeta con documentación.
- "Perita"
fue a la casa de Ana María "con la intención de
matar" dijo el fiscal, quien descartó la hipótesis del
robo. Sólo faltó una filmadora, pero en la vivienda había
dinero y otros elementos de mayor valor que no fueron tocados.
- La mayoría de los
testimonios fueron evaluados como en contra de Chain y
Sayaavedra, inclusive hasta aquellos testigos propuestos por
las defensas.
- Los antecedentes
delictivos que tiene "Perita": robo de un estéreo,
el hurto al departamento y las numerosas entradas que tiene
registrada a la comisaría.
- La mala relación
que tenía Ana María y Chain, al igual que los malos tratos
que el médico le daba a su mujer.
- El pago de 14.000
pesos que debía efectivizar Chain justo el día del crimen,
como consecuencia del juicio por alimentos que acababa de
perder en primera instancia, "fue el detonante que lo
llevó a encargar el homicidio de su ex mujer".
- Cinco días antes (5
de abril de 2000) Chain recibió la intimación de pago y ese
mismo día se juntó con "Perita" para
"pergeñar" el crimen y -según el propio
Sayaavedra-, Chain "le propone" el hecho. "De
ahí en más comienzan los contactos sucesivos: el 6 de abril
fue otra vez a la casa de Chain y ese día recibió la
credencial y ultimaron todos los detalles. Hasta se acordó el
precio, la suma que iba a recibir, la aceptación, el día y
la hora, y también el lugar del pago que iba a recibir el
sicario. Todo esto surge de la declaración de
Sayaavedra".
- Sayaavedra dijo que
Chain le había confeccionado una credencial del Colegio
Marista para que Ana María le permitiera el ingreso a su casa
con el fin de buscar "una carpeta con
documentación", cuando en realidad ambas personas se
conocían previamente, tal como quedó expuesto durante todo
el proceso.
- La versión que dio
"Perita" no coincide con las declaraciones que
hicieron los testigos y se contrapone con sus dos
declaraciones, y también con la que hizo Chain en su momento.
Encima mintió cuando dijo que no conocía a la víctima, pero
reconoció que tenía "una relación de amistad" con
Chain.
- Está probado que
"Perita" ingresó por los fondos y en una hora en la
que el asesino sabía que la mujer estaba sola. Por lo tanto,
no hay motivo alguno que justifique esa forma singular de
entrar para ir a buscar una "carpeta" dejando la
moto en la otra cuadra.
- "Perita"
dijo que conocía el domicilio de Ana María porque Chain se
lo había "marcado", mientras que Chain aseguró no
saber dónde vivía su ex-mujer con su hija Sofía.
- Chain manifestó que
nunca le pegó a Ana María, pero numerosos testigos
aseveraron todo lo contrario. A su vez, negó relación alguna
con Sayaavedra más allá de compartir el mismo lugar de
trabajo pero varias personas que pasaron por el juicio no
dijeron lo mismo. Hasta el intendente dijo haber visto al
médico y "Perita" juntos en la casa de Chain días
antes de producirse el hecho.
- Tuvo en cuenta el
perfil psicológico de Chain, definido como una persona
"agresiva, explosiva, que no tiene una capacidad de
autocrítica y narcisista". Mientras que Chain considera
que "Perita" es un "psicópata y adicto".
- Cuando la policía
fue a buscar a Chain, el médico se escapó en su auto. Fue
perseguido unas 15 cuadras y finalmente fue aprehendido cuando
estaba a punto de ingresar a la casa de su amigo y abogado
Carlos Aroza. Sobre ese incidente, dijo que sospechó que se
trataba de un robo aunque el médico policial conocía al
subcomisario Lobos y más aún a "Caballo Loco"
Giraudo, los efectivos que fueron a buscarlo en un patrullero
con las balizas prendidas.
LA DEFENSA DE
PECORELLI
Al reconocido abogado
mercedino le demandó una hora el alegato que lo llevó a
pedir la absolución de su cliente, José Chain. Luego de
remontarse a fallos jurídicos relacionados a la imposibilidad
de establecer la figura del instigador de un crimen, dirigió
su defensa a los puntos débiles del fiscal. Algunos de ellos
eran previsibles.
- "Había que
encontrar culpables a cualquier precio".
- "Chain nada
tiene que ver con un hecho de esta naturaleza".
- "Se intenta
justificar el pago de 1.000 pesos cuando Chain paga todos los
meses los alimentos a sus hijos del primer matrimonio y esos
recibos tenían una confección con una letra similar
aportados aparentemente todos en conjunto, como si hubieran
sido fraguados. Estos documentos están en el expediente y
fueron hechos en 1998 cuando la muerte de Ana Domínguez fue
en el año 2000".
- Piensa que es
"falaz" que Chain y su primera mujer Beatriz Salas
"se pusieron de acuerdo, como dice el fiscal, para
acomodar esta prueba para conveniencia del imputado".
- No está comprobado
que Chain tenía "una suerte de picana" cuando
sucedió el crimen y eso no pudo ser comprobado por el fiscal.
- Si bien varios
testigos dijeron que Chain solía tener "ese
adminículo", éste no funcionaba desde hacía 2 años y
nadie pudo probar el uso de ese "artilugio" tiempo
después. "Esa suerte de picana funcionaba con una
batería y tenía el tamaño de un paquete de cigarrillos,
pero no podía producir ningún tipo de descarga eléctrica
por carencia de voltaje".
- La Fiscalía no pudo
comprobar cuándo, cómo ni dónde Chain pergeño el crimen
con Sayaavedra.
- El fiscal "se
apartó deliberadamente de derecho". Además "el
instigador tiene que determinar directamente al agente del
daño" pero el fiscal "no pudo precisar
fehacientemente cuándo, ni dónde se produjo esa
instigación" como así tampoco "dónde se produjo
la entrega del elemento que dio muerte a Ana Domínguez".
- Al no haberse
demostrado el acto de instigación "no se puede llegar a
una apelación ni a una sentencia en (Cámara de) Casación
con la errónea calificación de un hecho si no se demuestra,
ni se advierte cómo, cuándo, dónde, de qué manera ese
hecho fue instigado".
- No está comprobada
la orden de Chain para que Sayaavedra fuera a matar.
- "En ningún
momento la Fiscalía pudo probar el pago sino que merodea en
torno a indicios y no ha logrado incriminar a Chain porque no
fue instigador de nada".
- "El fiscal
habló de una llamada telefónica entre la familia Sayaavedra
y Chain pero no está especificado quiénes hablaron".
- Puso en duda las
conclusiones a las que arribó un médico forense, tratando de
descartar que la víctima recibió una descarga eléctrica que
la desvaneció antes de morir asfixiada.
- Si Chain tiene una
personalidad impulsiva o explosiva "no manda a matar sino
que se encarga de hacerlo personalmente".
- Tuvo en cuenta el
testimonio de la testigo Silvia Malmoria que acusó a Almeida
de haber robado muebles del departamento de Italia al 1100,
que eran propiedad de Chain.
- Justificó la huida
de su cliente de la policía al decir que su defendido temía
que le fueran a robar.
LOS ARGUMENTOS DEL
DR. OLMO
El último alegato en
escucharse fue el del abogado defensor de Martín
"Perita" Sayaavedra. Los presentes en el juicio
entendieron que en su exposición apeló más a conmover a los
jueces, que a dar sólidos argumentos que justificaran la
presunción de inocencia del acusado de cometer el aberrante
crimen.
- Afirmó que no está
debidamente probado el lugar y la forma de ingreso de
Sayaavedra a la casa de la víctima.
- Cree que el arma
homicida que se mencionó a lo largo del juicio no funcionaba
en el momento en que se cometió el crimen.
- Sostuvo que Roberto
Almeida mintió con el fin de responsabilizar a su cliente en
el crimen.
- Dio crédito a las
declaraciones de la testigo Silvia Malmoria quien fue la
única persona que contó una versión totalmente diferente de
la historia que antecedió al homicidio.
- Comparó a Almeida
con Sayaavedra y los puso en el mismo nivel de responsabilidad
en el hecho.
Que conste en actas