Otro guiño del Ejecutivo al megaloteo de Rodizio

Ante un pedido del Concejo Deliberante, el secretario Marcelo Gutiérrez respondió que el predio no es afectado por las inundaciones del río Luján. A través de un mapa, mostró las progresiones de diferentes crecidas. Evitó incluir el comportamiento del arroyo Pereyra. Aclaró que el dictamen final es de Provincia.

Con la premura que caracteriza al Departamento Ejecutivo en este tema, el secretario de Obras Públicas, Marcelo Gutiérrez, respondió por escrito un planteo acercado por la Comisión de Urbanismo del Concejo Deliberante sobre el megaloteo proyectado en la calle Alsina, entre Luján y Jáuregui.

Concretamente, el presidente de la Comisión, Nicolás Capelli, planteó dudas sobre las condiciones del predio que actualmente ocupa Rodizio en cuanto a posibles inundaciones por su cercanía con el río Luján y el arroyo Pereyra. Gutiérrez aclaró que el dictamen final corresponde a Provincia. De todos modos, otorgó un guiño positivo al proyecto a partir de un mapa de riesgo que registra los desbordes del río en distintos periodos de tiempo. “En ningún caso se ve afectado el predio ut supra indicado”, expresa el secretario, aunque omitió incluir el comportamiento del arroyo Pereyra, un curso de agua que tapa la calle Alsina cuando las precipitaciones derivan en situaciones de inundaciones.

En la primera parte de la respuesta ofrecida por Gutiérrez, el funcionario destaca que “el Municipio aprueba la faz geométrica del emprendimiento, es decir si la subdivisión geométrica presentada por los desarrolladores cumple con los indicadores urbanísticos reglamentarios, o como en este caso, que se encuadre dentro de la Ley 14.449 y para lo cual se solicita la autorización del Honorable Concejo Deliberante”. Una vez autorizado el emprendimiento por parte del Municipio, “los desarrolladores proceden a solicitar a la Autoridad del Agua (ADA) la prefactibilidad de la aptitud hídrica del predio, y realizan el Estudio de Impacto Ambiental de acuerdo a lo normado por el OPDS”.

“Aún así, el Municipio analiza previamente con acuerdo a los registros de que dispone, si un predio puede sufrir o no inundaciones, y en el caso que nos ocupa, éstas no se producirían como se desprende del Mapa de Riesgo de Inundación por crecida del Río Luján para el Municipio de Luján, confeccionado por la Dirección Provincial de Gestión de Riesgos y Emergencias de la Provincia de Buenos Aires”, planteó el secretario, que mantiene la postura de ignorar el comportamiento del arroyo Pereyra.

Una vez que la Autoridad del Agua otorga su aprobación, “se presenta todo a la Dirección de Geodesia de la Provincia de Buenos Aires para la aprobación final del plano de mensura del emprendimiento”. Con esta aprobación de Geodesia, más el estudio de impacto ambiental, “el Municipio está en condiciones de conceder el inicio de obras”.

En conclusión -escribe Gutiérrez-, “es dable destacar que el Municipio queda resguardado por el control indicado de la Provincia en materia hidráulica. Incluso la ordenanza apoyando el proyecto debe contemplar en su articulado el requerimiento de que ‘para lograr hacer efectivos los indicadores de la presente normativa municipal, el interesado deberá tramitar previamente ante la Autoridad del Agua de la Provincia los certificados de aptitud hidráulica, explotación del recurso hídrico subterráneo y vuelco cloacal’”.

Por último, Gutiérrez informa que “en materia ambiental, el estudio de impacto ambiental puede evaluarse a nivel local, o bien enviarse en consulta al OPDS, para mayor nivel de análisis”. Agrega que “es recomendable que el mismo se realice una vez planteados todos los proyectos de ingeniería, ya que de esa forma puede evaluarse bien los impactos de cada fase de construcción y operación del emprendimiento”.