Araucaria pide otro guiño fuera de la ley

La empresa a cargo de la termoeléctrica inició la semana pasada un expediente donde solicita la habilitación municipal. Reclama al Ejecutivo que obvie la falta de zonificación y avance, pese a eso, con la convalidación del proyecto. Luciani aseguró que la adecuación en el uso del suelo corresponde al Concejo y descartó su intervención vía decreto.

La semana pasada, Araucaria Energy formuló un llamativo pedido a la Municipalidad. A través de un expediente, solicitó que el gobierno de Oscar Luciani proceda a la habilitación de la central termoeléctrica ignorando varios pasos legales para encuadrar dentro de las normas tal disposición.

Fundamentalmente, la empresa pretende que el Departamento Ejecutivo haga a un lado el requisito de la zonificación del predio donde se construyó la planta, trámite legislativo trabado en el Concejo Deliberante a partir de la decisión de los concejales opositores de no convalidar una obra que avanzó sin cumplir las normativas exigidas.

La nueva avanzada de la firma parece moverse en el mismo grado de confusión y contradicciones que marcó su desembarco en Luján, durante el último trimestre de 2016. De acuerdo a la Ley de Radicación Industrial, para que un emprendimiento pueda acceder a la habilitación municipal primero debe obtener el denominado Certificado de Aptitud Ambiental, requisito que por tratarse de una industria de tercera categoría debe otorgar Provincia. Pero para cumplir ese paso, la norma incluye entre sus requisitos contar con una zonificación acorde a la actividad que se pretende habilitar. 

En el escrito de presentación que acompañó el pedido formulado la semana pasada, Araucaria asegura que “sólo resta la zonificación por parte de esta Municipalidad, lo cual no depende de Araucaria, sino de este Municipio, que debe tratar la cuestión a través de su Honorable Concejo Deliberante”.

En un siguiente párrafo, la empresa responsable de la termoeléctrica vuelve a la carga contra los ediles que se oponen al proyecto: “Cuerpo colegiado en el que una parte de sus integrantes viene sistemáticamente haciendo fracasar todas las sesiones en las que se incluye esta cuestión desde que comenzó el año deliberativo. Y lo hacen de una forma muy particular, como es abandonar el recinto de forma tal que la sesión quede sin quórum y no pueda seguirse con el tratamiento de la zonificación. Dicha práctica llevada a cabo por los ausentes violenta la democracia desde que impide el debate y el intercambio de ideas, contrariando el espíritu constitucional e impidiendo que las instituciones funcionen como fuera pensado por los redactores de la Constitución”.

A continuación, pone en tensión la relación que desde su llegada a Luján mantuvo con la Municipalidad. “Téngase en cuenta que la Municipalidad recibió a Araucaria con gran entusiasmo y otorgó los permisos de construcción y avance de obra pertinentes, por lo que la construcción de la Central Térmica contó con el aval de la Municipalidad, reflejado en el decreto mediante el cual se deja sin efecto la suspensión de las obras”.

La última afirmación se contrapone con las expresiones que Luciani formuló la semana pasada a este medio. En líneas generales, el intendente admitió que la construcción de la planta fue ilegal y que existieron “errores” de control por parte de la Municipalidad.

En cambio, Araucaria sostiene que “asimismo se dio intervención a las distintas áreas de gestión de esta Municipalidad, dependencias con incumbencia técnica y legal, a fin de que emitieran las opiniones, informes o dictámenes correspondientes conforme a sus competencias, entre ellas se ha informado lo siguiente”. La firma plantea que “desde el punto de vista técnico, y de los análisis efectuados, se concluyó que todos los parámetros son los admitidos por la normativa aplicable y vigente”. Además, “desde el plan jurídico, los informes emanados de la Dirección de Asuntos Legales, dependiente de la Secretaría Legal y Técnica del Municipio, expresan que en su régimen jurídico consagran la jurisdicción federal en materia de energía eléctrica”.

Entre sus argumentos, insiste con los beneficios directos que la puesta en marcha del proyecto traerá al sistema eléctrico local, realidad que no se condice con el hecho de que la energía producida por la termoeléctrica será transferida al sistema nacional.

“Ante la realidad que muestra una insuficiencia del sistema eléctrico para cubrir las necesidades de la sociedad, existe un interés federal, provincial y municipal en la búsqueda de soluciones a través de la incorporación de nuevas fuentes de generación de energía que aseguren el adecuado funcionamiento del sistema eléctrico y garanticen el abastecimiento de la demanda de energía eléctrica de los usuarios. En vista del panorama que se verifica en la materia, resulta imprescindible afianzar en el futuro inmediato la generación eléctrica nacional y provincial con vistas a una proyección de crecimiento del consumo eléctrico doméstico, comercial e industrial. Que ello trae aparejado beneficios ostensibles al Municipio de Luján, asegurando la provisión del servicio eléctrico a las actividades que se desarrolla en el distrito”, expresa Araucaria.

En definitiva, “siendo que la zonificación depende de ese mismo Municipio (que a través de su Poder Ejecutivo autoriza la construcción, pero a través de su Poder Legislativo dilata el tratamiento de la cuestión), es que entendemos que dicho requisito no puede ser exigido en esta instancia, debiendo otorgarse la habilitación municipal”.

La Ley de Radicación Industrial es clara en los pasos que deben seguirse. En su artículo tercero indica que “todos los establecimientos industriales deberán contar con el pertinente Certificado de Aptitud Ambiental como requisito obligatorio indispensable para que las autoridades municipales puedan conceder, en uso de sus atribuciones legales, las correspondientes habilitaciones industriales”.

CUESTIÓN DEL CONCEJO

“No hay posibilidad de que nosotros desde el Ejecutivo dispongamos la zonificación. Tiene que ser por ordenanza en el Concejo Deliberante”, indicó Luciani a EL CIVISMO al ser consultado sobre la posibilidad de resolver el entrevero legislativo por medio de un decreto.

El intendente comentó que “nosotros lo dejamos claro en el expediente que puede ser también por disposición nacional porque estamos hablando de un caso federal, el tema de la energía es federal”.

-¿Y por qué entonces Nación no lo hace? ¿Le tiraron el fierro caliente al Municipio?

-No lo sé.

-Pero si Nación lo puede hacer y no lo hace, la lectura es que le tiraron el fierro caliente a la Municipalidad.

-No sé. En los fundamentos de la ordenanza que nosotros explicamos está todo explicitado.

-Si es jurisdicción nacional, ¿por qué se recurrió a trámites municipales?

-Puede que Nación haya planteado el respeto de las autonomías municipales. Pero también se puede hacer por el orden nacional porque es de orden federal.

Una vez conocida la presentación de Araucaria, el jefe comunal aclaró que salvo que exista un cambio de encuadre a nivel nacional o provincial, la Municipalidad no puede proceder a otorgar ninguna habilitación sin que se agoten los requisitos legales, entre ellos el cambio de zonificación.